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Catalunya Religió

(Bernabé Dalmau-CR) El que es sujeto del derecho, le corresponde también el deber de ejercerlo y de obtenerlo. Y en los otros, el deber correlativo de reconocerlo y de respetarlo. Es el orden propuesto por la Pacem in Terris.

Así la convivencia humana exige vivir los unos con los otros, procurando el bien de los demás y el reconocimiento de los derechos y de los deberes mutuos y la creación de ambientes favorables para obtenerlo, con actitud de responsabilidad. Aquí el papa formula el principio de que la convivencia debe ser considerada sobre todo como un hecho espiritual, y por eso no sólo es necesaria la disponibilidad para sentir como propias las necesidades de los demás, sino que hay que poner el amor como pilar constructivo de los otros más clásicos de la verdad, la justicia y la libertad. Toda esta visión nos lleva al mismo objetivo: el orden moral tiene por fundamento el Dios verdadero. Y si, por una parte, supone comunicación de conocimientos, impulso y reclamo hacia el bien moral, disfrute de la belleza y comunicación de los bienes del espíritu, por otra parte se expresa en manifestaciones culturales, desarrollo de la economía, instituciones sociales, movimientos y teorías políticas y ordenamientos jurídicos.

Tal como hará al final de cada parte, Juan XXIII, a modo de resumen, detecta lo que llama "signos de los tiempos". La expresión ya sabemos que proviene del Evangelio ("vosotros que sabéis interpretar el aspecto del cielo, ¿no sois capaces de interpretar los signos de los tiempos?", Mateo 16,3). El papa describe de esta manera aquellos hechos de la vida social actual que, de alguna manera, interpelan la fe cristiana. Y así los eleva a categoría teológica. El proceso de razonamiento es, pues, inductivo. El desarrollará, aún con más vigor, la Constitución Gaudium et spes del Concilio, cuando afirma: "La Iglesia tiene permanentemente el deber de escrutar los signos de los tiempos y de interpretarlos a la luz del Evangelio, de modo que, de una manera acomodada a cada generación, pueda responder a los interrogantes perennes de los hombres sobre el sentido de la vida presente y de la futura y sobre la relación de la una con la otra. Es necesario, pues, conocer y comprender el mundo en que vivimos, y también sus esperanzas, sus aspiraciones y su carácter a menudo dramático" (n. 4).

En esta primera parte señala tres: la promoción económico, político y cultural de la clase trabajadora; el ingreso de la mujer en la vida pública (notemos las repercusioness que esta constatación tendrá en el debate sobre su papel en la Iglesia); la transformación de la familia humana con el nacimiento en muchos pueblos de la conciencia autonómica, la superación de los colonialismos y los racismos. Así la humanidad se abre a los valores espirituales y se encamina hacia una vida colectiva abierta a Dios.

Carta encíclica Pacem in Terris del papa Juan XXIII sobre la paz entre todos los pueblos fundamentada sobre la verdad, la justicia, el amor y la libertad. 11 de abril de 1963

Los deberes
Correlación indisoluble entre derechos y deberes en la misma persona
23. Los derechos naturales que hasta aquí hemos recordado están unidos en el hombre que los posee con otros tantos deberes, y unos y otros tienen en la ley natural, que los confiere o los impone, su origen, mantenimiento y vigor indestructible.
24. Por ello, para poner algún ejemplo, al derecho del hombre a la existencia corresponde el deber de conservarla; al derecho a un decoroso nivel de vida, el deber de vivir con decoro; al derecho de buscar libremente la verdad, el deber de buscarla cada día con mayor profundidad y amplitud.
Reciprocidad de derechos y deberes entre personas distintas
25. Es asimismo consecuencia de lo dicho que, en la sociedad humana, a un determinado derecho natural de cada hombre corresponda en los demás el deber de reconocerlo y respetarlo. Porque cualquier derecho fundamental del hombre deriva su fuerza moral obligatoria de la ley natural, que lo confiere e impone el correlativo deber. Por tanto, quienes, al reivindicar sus derechos, olvidan por completo sus deberes o no les dan la importancia debida, se asemejan a los que derriban con una mano lo que con la otra construyen.
En la colaboración mutua
26. Al ser los hombres por naturaleza sociables, deben convivir unos con otros y procurar cada uno el bien de los demás. Por esto, una convivencia humana rectamente ordenada exige que se reconozcan y se respeten mutuamente los derechos y los deberes. De aquí se sigue también el que cada uno deba aportar su colaboración generosa para procurar una convivencia civil en la que se respeten los derechos y los deberes con diligencia y eficacia crecientes.
27. No basta, por ejemplo, reconocer al hombre el derecho a las cosas necesarias para la vida si no se procura, en la medida posible, que el hombre posea con suficiente abundancia cuanto toca a su sustento.
28. A esto se añade que la sociedad, además de tener un orden jurídico, ha de proporcionar al hombre muchas utilidades. Lo cual exige que todos reconozcan y cumplan mutuamente sus derechos y deberes e intervengan unidos en las múltiples empresas que la civilización actual permita, aconseje o reclame.
En actitud de responsabilidad
29. La dignidad de la persona humana requiere, además, que el hombre, en sus actividades, proceda por propia iniciativa y libremente. Por lo cual, tratándose de la convivencia civil, debe respetar los derechos, cumplir las obligaciones y prestar su colaboración a los demás en una multitud de obras, principalmente en virtud de determinaciones personales. De esta manera, cada cual ha de actuar por su propia decisión, convencimiento y responsabilidad, y no movido por la coacción o por presiones que la mayoría de las veces provienen de fuera. Porque una sociedad que se apoye sólo en la razón de la fuerza ha de calificarse de inhumana. En ella, efectivamente, los hombres se ven privados de su libertad, en vez de sentirse estimulados, por el contrario, al progreso de la vida y al propio perfeccionamiento.
Convivencia en la verdad, en la justicia, en el amor, en la libertad
30. Por esto, la convivencia civil sólo puede juzgarse ordenada, fructífera y congruente con la dignidad humana si se funda en la verdad. Es una advertencia del apóstol San Pablo: Despojándoos de la mentira, hable cada uno verdad con su prójimo, pues que todos somos miembros unos de otros. Esto ocurrirá, ciertamente, cuando cada cual reconozca, en la debida forma, los derechos que le son propios y los deberes que tiene para con los demás. Más todavía: una comunidad humana será cual la hemos descrito cuando los ciudadanos, bajo la guía de la justicia, respeten los derechos ajenos y cumplan sus propias obligaciones; cuando estén movidos por el amor de tal manera, que sientan como suyas las necesidades del prójimo y hagan a los demás partícipes de sus bienes, y procuren que en todo el mundo haya un intercambio universal de los valores más excelentes del espíritu humano. Ni basta esto sólo, porque la sociedad humana se va desarrollando conjuntamente con la libertad, es decir, con sistemas que se ajusten a la dignidad del ciudadano, ya que, siendo éste racional por naturaleza, resulta, por lo mismo, responsable de sus acciones.
31. La sociedad humana, venerables hermanos y queridos hijos, tiene que ser considerada, ante todo, como una realidad de orden principalmente espiritual: que impulse a los hombres, iluminados por la verdad, a comunicarse entre sí los más diversos conocimientos; a defender sus derechos y cumplir sus deberes; a desear los bienes del espíritu; a disfrutar en común del justo placer de la belleza en todas sus manifestaciones; a sentirse inclinados continuamente a compartir con los demás lo mejor de sí mismos; a asimilar con afán, en provecho propio, los bienes espirituales del prójimo. Todos estos valores informan y, al mismo tiempo, dirigen las manifestaciones de la cultura, de la economía, de la convivencia social, del progreso y del orden político, del ordenamiento jurídico y, finalmente, de cuantos elementos constituyen la expresión externa de la comunidad humana en su incesante desarrollo.
Orden moral cuyo fundamento objetivo es el verdadero Dios
32. El orden vigente en la sociedad es todo él de naturaleza espiritual. Porque se funda en la verdad, debe practicarse según los preceptos de la justicia, exige ser vivificado y completado por el amor mutuo, y, por último, respetando íntegramente la libertad, ha de ajustarse a una igualdad cada día más humana.
33. Sin embargo, este orden espiritual, cuyos principios son universales, absolutos e inmutables, tiene su origen único en un Dios verdadero, personal y que trasciende a la naturaleza humana. Dios, en efecto, por ser la primera verdad y el sumo bien, es la fuente más profunda de la cual puede extraer su vida verdadera una convivencia humana rectamente constituida, provechosa y adecuada a la dignidad del hombre. A esto se refiere el pasaje de Santo Tomás de Aquino: El que la razón humana sea norma de la humana voluntad, por la que se mida su bondad, es una derivación de la ley eterna, la cual se identifica con la razón divina... Es, por consiguiente, claro que la bondad de la voluntad humana depende mucho más de la ley eterna que de la razón humana.
Signos de los tiempos
34. Tres son las notas características de nuestra época.
En primer lugar contemplamos el avance progresivo realizado por las clases trabajadoras en lo económico y en lo social. Inició el mundo del trabajo su elevación con la reivindicación de sus derechos, principalmente en el orden económico y social. Extendieron después los trabajadores sus reivindicaciones a la esfera política. Finalmente, se orientaron al logro de las ventajas propias de una cultura más refinada. Por ello, en la actualidad, los trabajadores de todo el mundo reclaman con energía que no se les considere nunca simples objetos carentes de razón y libertad, sometidos al uso arbitrario de los demás, sino como hombres en todos los sectores de la sociedad; esto es, en el orden económico y social, en el político y en el campo de la cultura.
35. En segundo lugar, es un hecho evidente la presencia de la mujer en la vida pública. Este fenómeno se registra con mayor rapidez en los pueblos que profesan la fe cristiana, y con más lentitud, pero siempre en gran escala, en países de tradición y civilizaciones distintas. La mujer ha adquirido una conciencia cada día más clara de su propia dignidad humana. Por ello no tolera que se la trate como una cosa inanimada o un mero instrumento; exige, por el contrario, que, tanto en el ámbito de la vida doméstica como en el de la vida pública, se le reconozcan los derechos y obligaciones propios de la persona humana.
36.Observamos, por último, que, en la actualidad, la convivencia humana ha sufrido una total transformación en lo social y en lo político. Todos los pueblos, en efecto, han adquirido ya su libertad o están a punto de adquirirla. Por ello, en breve plazo no habrá pueblos dominadores ni pueblos dominados.
37. Los hombres de todos los países o son ya ciudadanos de un Estado independiente, o están a punto de serlo. No hay ya comunidad nacional alguna que quiera estar sometida al dominio de otra. Porque en nuestro tiempo resultan anacrónicas las teorías, que duraron tantos siglos, por virtud de las cuales ciertas clases recibían un trato de inferioridad, mientras otras exigían posiciones privilegiadas, a causa de la situación económica y social, del sexo o de la categoría política.
38. Hoy, por el contrario, se ha extendido y consolidado por doquiera la convicción de que todos los hombres son, por dignidad natural, iguales entre sí. Por lo cual, las discriminaciones raciales no encuentran ya justificación alguna, a lo menos en el plano de la razón y de la doctrina. Esto tiene una importancia extraordinaria para lograr una convivencia humana informada por los principios que hemos recordado. Porque cuando en un hombre surge la conciencia de los propios derechos, es necesario que aflore también la de las propias obligaciones; de forma que aquel que posee determinados derechos tiene asimismo, como expresión de su dignidad, la obligación de exigirlos, mientras los demás tienen el deber de reconocerlos y respetarlos.
39. Cuando la regulación jurídica del ciudadano se ordena al respeto de los derechos y de los deberes, los hombres se abren inmediatamente al mundo de las realidades espirituales, comprenden la esencia de la verdad, de la justicia, de la caridad, de la libertad, y adquieren conciencia de ser miembros de tal sociedad. Y no es esto todo, porque, movidos profundamente por estas mismas causas, se sienten impulsados a conocer mejor al verdadero Dios, que es superior al hombre y personal. Por todo lo cual juzgan que las relaciones que los unen con Dios son el fundamento de su vida, de esa vida que viven en la intimidad de su espíritu o unidos en sociedad con los demás hombres.

Bernabé Dalmau
Monje de Montserrat

I. CONSIDERACIONES GENERALES

-Presentación. La Pacem in Terris, cincuenta años después

- Una encíclica por releer (Pacem in Terris I)
- Un acontecimiento y un documento (Pacem in Terris II)
- Los destinatarios (Pacem in Terris III)
- Gracia y método de Juan XXIII (Pacem in Terris IV)

II. COMENTARIO AL TEXTO
- Pacem in Terris 1. El orden establecido por Dios [1-6]
- Pacem in Terris 2. El orden entre los seres humanos. Los derechos. [7-22]
- Pacem in Terris 3. El orden entre los seres humanos. Los deberes. [23-39]
- Pacem in Terris 4. Las relaciones entre los hombres y los poderes públicos en el seno de cada comunidad política [40-74]
- Pacem in Terris 5. Las relaciones entre las comunidades políticas [75-122]
- Pacem in Terris 6. Las relaciones de los seres humanos en el seno de las comunidades políticas con la comunidad mundial. [123-138]
-Pacem in Terris 7. Orientaciones pastorales [139-166]

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