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Fotografia: Arquebisbat de Barcelona.

La elección del nuevo arzobispo de Barcelona es un proceso reservado que pasa por las consultas del nuncio apostólico, la elaboración de una terna y el estudio de los candidatos en Roma antes de la decisión final del Papa. No exento de especulaciones, explicamos aquí el proceso.

Si hay un tema comentado últimamente es de la sucesión del cardenal Joan Josep Omella al frente de la sede episcopal de Barcelona. Desde que el cardenal presentó su renuncia al Papa Francisco en abril de 2021, antes de cumplir los 75 años, el futuro de la arquidiócesis ha ido alimentando periódicamente un baile de nombres, posibles candidatos y especulaciones sobre quién podría asumir una de las sedes episcopales más importantes de Cataluña. Pero, más allá de los nombres que circulan y de las apuestas que se puedan hacer, ¿cómo se elige realmente un obispo?

La respuesta es menos conocida de lo que podría parecer. El nuevo arzobispo de Barcelona no será escogido por los presbíteros de la diócesis, ni por los obispos catalanes, ni por los fieles, ni tampoco saldrá de una votación entre tres candidatos. En la Iglesia católica, la decisión final corresponde al Papa, pero antes de que el pontífice haga público un nombramiento hay todo un proceso de consultas, investigaciones y discernimiento que se desarrolla durante meses y que, en buena parte, se mantiene bajo secreto.

El punto de partida: una diócesis que necesita un obispo

El proceso comienza cuando una diócesis necesita un nuevo obispo. En el caso de Barcelona, el punto de partida es la renuncia de Omella, presentada al llegar a los 75 años. El Código de Derecho Canónico establece que el obispo que llega a esta edad es "rogado de presentar la renuncia al cargo al Sumo Pontífice", pero esto no significa que deje automáticamente de ser obispo: es el Papa, en este caso León XIV, quien decide si acepta la renuncia y cuándo se hace efectiva.

A partir de este momento se pone en marcha el proceso para encontrar al sucesor. Es un procedimiento que se desarrolla principalmente bajo secreto y en el que la Santa Sede recoge información sobre diferentes sacerdotes que podrían asumir el encargo episcopal. El primer gran protagonista de esta fase es el nuncio apostólico, el embajador del Vaticano: Piero Pioppo.

El nuncio, el encargado de hacer las consultas

El nuncio es el representante del Papa ante un Estado y, al mismo tiempo, uno de los principales interlocutores de la Santa Sede con las Iglesias locales. En los nombramientos episcopales tiene la responsabilidad de investigar los posibles candidatos y de recoger opiniones antes de hacer llegar su propuesta a Roma.

El Código establece que el nuncio debe escuchar a los obispos de la provincia eclesiástica, al presidente de la Conferencia Episcopal y otras personas vinculadas a la diócesis. También puede consultar a presbíteros, religiosos y laicos que considere adecuados, siempre manteniendo el carácter reservado del proceso. El texto habla expresamente de pedir su parecer "en secreto y separadamente".

Por lo tanto, el nuncio no es quien elige al futuro arzobispo de Barcelona. Su función es recopilar información, contrastar los diferentes perfiles y elaborar una propuesta que posteriormente llegará a la Santa Sede.

¿De dónde salen los posibles candidatos?

Los nombres tampoco aparecen de cero cuando una diócesis queda vacante o bien cuando el obispo presenta su renuncia. La Iglesia dispone de mecanismos para identificar presbíteros que podrían ser considerados para el episcopado, incluso antes de que haya una sede concreta para proveer de un nuevo obispo.

El Código establece que los obispos deben elaborar periódicamente y bajo secreto una lista de presbíteros que consideren "más idóneos para el episcopado". También pueden comunicar directamente a Roma nombres de presbíteros que consideren "dignos e idóneos". De esta manera, la Santa Sede va disponiendo de información sobre posibles candidatos para futuros nombramientos.

El Derecho Canónico fija, además, algunos requisitos para el episcopado. El candidato debe tener al menos 35 años, haber sido sacerdote durante un mínimo de cinco años y tener formación superior en Sagrada Escritura, teología o Derecho Canónico, entre otras condiciones. El mismo Código señala que "el juicio definitivo sobre la idoneidad del candidato corresponde a la Sede Apostólica", es decir, al Papa.

La famosa terna

Después de las consultas llega uno de los momentos más conocidos —y últimamente más comentados— del proceso: la confección de la terna. Se trata de tres nombres que el nuncio propone a la Santa Sede para que sean estudiados como posibles candidatos para ocupar la sede episcopal.

La terna no es una votación ni un ránking de candidatos. Tampoco significa que el Papa esté obligado a escoger uno de los tres, cosa que conllevaría la elaboración de una nueva tríada de nombres por parte del nuncio. El Código establece que el legado pontificio debe "proponer a la Sede Apostólica una terna", después de haber hecho las investigaciones y consultas correspondientes.

Por eso, el hecho de que un nombre aparezca en informaciones periodísticas o en conversaciones eclesiales no permite saber si esa persona forma parte de la terna. Y, incluso si lo estuviera, todavía faltaría la decisión definitiva del Papa.

Roma estudia a los candidatos

Una vez la terna llega a Roma, el proceso entra en una nueva fase. El Dicasterio para los Obispos —que el mismo León XIV encabezó durante 2 años— estudia a los candidatos y la situación concreta de la diócesis que se ha de proveer, contrastando la información que ha recogido el nuncio con otros datos de los que dispone la Santa Sede.

El objetivo es valorar los diferentes perfiles y determinar cuál puede ser más adecuado para la realidad de la Iglesia local. En esta fase también se mantiene la reserva sobre los candidatos y sobre las deliberaciones que se hacen en Roma.

La última palabra es del Papa

Después de todo este recorrido llega la decisión final. El Código de Derecho Canónico lo expresa de manera directa: "El Sumo Pontífice nombra libremente a los Obispos". Por tanto, ni el nuncio, ni los obispos de la provincia, ni los presbíteros ni los fieles eligen al nuevo arzobispo de Barcelona.

Esto explica también por qué el conocido baile de nombres no permite anticipar el resultado. Solo cuando la Santa Sede haga público el nombramiento se podrá afirmar oficialmente quién será el sucesor de Omella.

¿Qué pasará una vez conozcamos el nombre del sucesor?

A partir del anuncio comenzará la fase final del relevo. Si la persona nombrada ya es obispo, no deberá recibir una nueva ordenación episcopal, sino que deberá completar los trámites canónicos previos y tomar posesión de la arquidiócesis de Barcelona. Antes de hacerlo, el Código establece que deberá hacer "la profesión de fe y prestar el juramento de fidelidad a la Sede Apostólica".

Si, en cambio, el Papa nombra a un sacerdote que aún no es obispo, este deberá recibir primero la ordenación episcopal. El Código establece que la consagración debe producirse "en todo caso, antes de tomar posesión de su oficio", de manera que primero será ordenado obispo y posteriormente asumirá jurídicamente la sede de Barcelona, unos 2 meses después de su nombramiento.

Así, detrás del nombre que un día aparezca en el comunicado de la Santa Sede habrá un recorrido que puede haber comenzado muchos meses antes: una diócesis que necesita un obispo, una búsqueda de candidatos, consultas reservadas, la investigación del nuncio, una terna de tres nombres, el estudio en Roma y, finalmente, la decisión del Papa. Lo que para el público será un anuncio de pocas líneas será, en realidad, el punto final de un proceso largo y mucho más complejo de lo que acostumbra a dejar entrever el conocido "baile de nombres".

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