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Por Jordi Llisterri i Boix .

Me van a perdonar porque no les ofreceré una explicación técnica, histórica o jurídica sobre el tema de las inmatriculaciones que afectan a la Iglesia. Ya se ha dado de manera suficiente. Pero entro en el tema porque me ha llamado la atención como lo han enfocado en los distintos canales de la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals. Es decir, no hablo estrictamente los contenidos del reportaje que se emitió el martes, sino del planteamiento de fondo desde los medios públicos de comunicació.

Para empezar, es sorprendente que se acuse a la Iglesia de actuar a escondidas. No hay nada más público y oficial que el Registro de la Propiedad. Los delincuentes y los estafadores no suelen dejar rastro visible en un registro público. Otra cosa es que se ponga en duda la forma actual de acceso al Registro, pero esto no es un problema de la Iglesia.

Sobre la ocultación, también se hace hincapié en que la Iglesia no ofrece esta información y que la que hay disponible es gracias a la ingente tarea de los periodistas. Que se sepa, una entidad privada, aunque preste servicios públicos y reciba ayudas públicas, no está obligada a hacer pública una lista de propiedades. Si un día la ley obliga, supongo que también afectará a todas las entidades privadas con finalidades públicas: sindicatos, partidos, asociaciones, fundaciones ... Puede ser interesante.

El relato

Ciertamente, en las informaciones sobre este tema han aparecido todas las partes. Pero detrás de la presentación informativa se ha construido un relato. A veces incluso parece que se quieren utilizar las diversas declaraciones para confirmar este relato más que para contrastarlo.

Todos los casos de los que se ha ido informando estos días generan dudas. Es cierto.Y es muy posible que en buena parte de estos casos la actuación de la Iglesia sea, como mínimo, discutible. Pero curiosamente, si miramos los mismos mapas que ha publicado en la web de la CCMA, la mayoría de los casos documentados son inmatriculaciones de iglesias parroquiales. Aparentemente, que la Iglesia haya inscrito en el Registro edificios de los que claramente ostentaba la propiedad, no parece que tenga que ser un problema. Que haya inmatriculado las catedrales, la Basílica de Santa María de Igualada, la Iglesia Parroquial de Olot, o el Palacio Episcopal de Barcelona, no llama mucho la atención. Por eso queda la duda si de unos casos discutibles, se hace categoría para confirmar un relato.

Insistamos en esto. Este tipo de edificios son la mayoría de los inmatriculados. Y, insistamos en ello también, que en los casos en los que se ha hecho algo mal se debe corregir. Y, aún insistamos más, en los casos dudosos la Iglesia tiene el derecho a defender sus intereses tan legítimos como los de quienes defienden otros.

En este contexto se habla de las "apropiaciones silenciosas de la Iglesia". De apropiaciones, poca cosa. Y de silenciosas, tanto como cuando una ONG recibe en donación un piso en el Eixample y lo inscribe en el Registro de la Propiedad.

También en el caso de la Iglesia hay que tener presente que esto sólo afecta a los edificios construidos antes de 1861, cuando se crea el Registro de la Propiedad. Los templos u otras propiedades posteriores, han ido entrando en el Registro a medida que se construían y se adquirían. Por eso en Barcelona ciudad es una tema que prácticamente sólo afecta a las basílicas históricas y algunas parroquias de los antiguos municipios que ahora forman parte de la ciudad. Y, en cambio, afecta más a los obispados de la Cataluña Vieja, con una gran dispersión de parroquias y ermitas seculares.

Una piedra en la cabeza

Creo que el tema de fondo importante que mueve todo esto, más allá de los laberintos legales, es entender que quien son las iglesias.

Pongamos un ejemplo concreto. Si hace veinte años, antes de que empezara todo esto, caía en la cabeza de un turista una piedra de uno de estos templos y lo mataba, ¿quien iba a la cárcel? ¿El alcalde? ¿El vecino que lo elige? ¿El pueblo? ¿Un redactor de TV3? Pues más probablemente sería al rector o al obispo al quien se le pidirían explicaciones.Sencillamente porque la Iglesia era la responsable de administrar estas propiedades y las ostentaba clara y públicamente. Y si era necesario reparar el campanario o el tejado de estas iglesias parroquiales, ¿quien se preocupaba de buscar los recursos y tomaba en última instancia la decisión de llevar adelante las obras?

Otro tema es si vamos al modelo francés, que a veces parece que tanto deslumbra. En Francia las propiedades históricas de la Iglesia son de la administración pública. Es un posible modelo. Pero la historia de Francia no es la nuestra y su política de laicidad radical es casi la excepción europea. Y, por cierto, en el caso de Francia esto también significa que acaba invirtiéndose dinero público en los templos principales que lucen y atraen turistas, y que para el resto de iglesias parroquiales deben ser los vecinos de los mismos pueblos quienes reclamen o se apañen.

En todo caso, ir al modelo francés querrá decir que con los impuestos de todos pagaremos el mantenimiento de las iglesias católicas, porqué las otras confesiones no tienen templos históricos. ¿O pagaremos todos los templos de todas las confesiones para que la Iglesia católica no tenga privilegios?

Es la cuestión de fondo que marca el tema de las inmatriculaciones: querer poner en duda de quien deben ser las iglesias a partir de un concepto tan abstracto como que "son del pueblo". Y si me perdonan una opinión personal: huyan siempre de los que hablan en nombre del pueblo.

Grupos

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