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Catalunya Religió

(Jordi Llisterri –CR) La Basílica de la Sagrada Familia paga todos los impuestos que por ley le corresponde. Esta es una afirmación que en los últimos días se ha puesto en duda. En este contexto, el Patronato de la Sagrada Familia ha accedido a explicar a CatalunyaReligió.cat todos los detalles de su fiscalidad: qué impuestos pagan, por qué conceptos i de qué están exentos.

Aseguran que no pueden esconder un céntimo porque están constantemente controlados por las autoridades tributarias. Y que todas las exenciones que se aplican están reconocidas caso por caso por la administración y, en algún caso, por los tribunales. Exenciones que en gran parte provienen de su condición de entidad sin ánimo de lucro y que no se derivan de los acuerdos Iglesia-Estado de 1979.

Es muy fácil decir que la Iglesia no paga. Y la afirmación encuentra rápidamente público que la aplaude. La fiscalidad es siempre un tema complejo y en un proyecto como el de la Sagrada Familia aún más. IBI, IAE, IVA, IRPF, SS... y las famosas tasas municipales son los diversos impuestos que afectan a la actividad económica del templo y a su construcción. Pero no se puede decir alegremente que hay impuestos que no los paga porque es una iglesia. Ni lo que paga o deja de pagar, depende de los gustos estéticos de un concejal.

Para aclararlo es necesario detallar punto por punto los diversos factores que afectan su fiscalidad. Y también explicar "quién es" la Sagrada Familia desde un punto de vista jurídico. Porque la Sagrada Familia forma parte de la Iglesia pero no es exactamente aquello que a menudo se entiede como "la Iglesia".

Una fundación sin ánimo de lucro

Desde hace más de un siglo, la Fundación Junta Constructora del Templo Expiatorio de la Sagrada Familia es la entidad responsable de las obras. Es una fundación canónica que, en este caso, está presidida por el arzobispo de Barcelona, actualmente Juan José Omella. La deducción fácil es que si es una fundación del Arzobispado, el dinero de la Sagrada Familia es de "la Iglesia" y que puede hacer con él lo que quiera. Pues la respuesta es "no".

Primero porque el hecho que sea una fundación canónica y no civil, no le exime de cumplir todos los requisitos y normativas que afectan a cualquier fundación. Y, por tanto, toda su actividad está sujeta a la Ley estatal 49/2002, como todas las fundaciones, sean civiles o canónicas.

Cuaquier fundación debe ser una actividad sin ánimo de lucro. Es decir, los posibles beneficios sólo pueden reinvertirse en la actividad de la fundación. No pueden repartir dividendos, o en este caso, beneficiar a "la Iglesia". Dicho de otra manera: el arzobispado de Barcelona no puede meter la mano en la caja de la Sagrada Familia, aúnque el templo se desbordara de turistas.

La ley prevé que el dinero que ingresa una fundación sólo pueda destinarse a sus finalidades fundacionales. Y en este caso, la finalidad fundacional de la Fundación Junta Constructora del Templo Expiatorio de la Sagrada Familia es únicamente la construcción del templo. Del templo de Antoni Gaudí.

Y la ley obliga a todas las fundaciones a destinar como mínimo el 70% de ingresos a su finalidad fundacional. Finalidades que los patronos no pueden modificar. En la Sagrada Familia, este porcentaje es del 95%. El resto se dedica a tareas accesorias de administración, seguridad, limpieza o comunicación, entre otras.

Si la Sagrada Familia tuviese un alud más grande de turistas o recibiese un gran donativo de algún filántropo internacional y quisiera dedicar estos recursos a erradicar el hambre en el mundo, no podría hacerlo. Es cierto que el día que se termine el templo, se habrá extinguido su razón de ser y se tendrá que reformular la titularidad jurídica del templo. Pero eso, como muy pronto, será de aquí a diez años. El 2026 es la fecha programada para finalizar la estructura arquitectónica del edificio, pero aún quedará por finalizar buena parte de la decoración del templo. Por lo tanto, es un tema que hoy nadie se plantea.

Así, hoy el dinero que ingresa la basílica de la Sagrada Familia sólo se puede destinar a construirla. Y, los recursos que generan las visitas, que son la inmensa mayoría de los ingresos, aún son necesarios para garantizar la finalización de la obra.

Un proyecto que también tuvo sus épocas de vacas flacas

Como fundación, la Sagrada Familia podría recibir subvenciones. Por ejemplo, por conservación de patrimonio. Las han recibido algunas reformas importantes de templos significativos como las catedrales. Pero la Sagrada Familia no recibe ninguna ayuda o subvención pública. Autofinanciación total. Y tampoco va al templo el dinero que llega al Arzobispado a través de la cruz del IRPF. La economía del Arzobispado y de la Sagrada Familia son dos compartimentos estancos.

Lo que pasa en estos momentos es que todo el mundo mira a la Sagrada Familia porque es un éxito y un foco de atracción mundial. Y de ingresos. Pero durante muchos años las pasó canutas. Los patronos que reiniciaron la construcción del templo después de la Guerra Civil —entre ellos Joan Anton Maragall, hijo del poeta— tuvieron que rascarse el bolsillo para pagar a los pocos empleados que mantenían las obras. Como ya lo tuvo que hacer Gaudí, que decía que los amigos cambiaban de acera cuando le veían porque ya sabían que les pediría dinero para la obra. Muchos recuerdan también las colectas anuales que se hacían para continuar el templo.

No es hasta los años 90, sobre todo después de la explosión olímpica, que las obras empiezan a financiarse gracias a la afluencia de turistas. Crecimiento que consolidó la consagración de Benedicto XVI y que les ha permitido tener una previsión de ingresos que hagan posible la finalización del templo en 2026.

Por otro lado, tanto en tiempos de vacas flacas, como en tiempo de vacas gordas, hay una variable constante. Los miembros del patronato, responsables de tirar adelante el templo, no han cobrado nunca un duro. Por no cobrar no cobran ni dietas, hecho habitual en algunos patronatos (ni hay tarjetas "black"). En los últimos seis años del actual presidente delegado, Esteve Camps, los miembros del patronato sólo recuerdan un pequeño obsequio cuando se jubiló el cardenal Lluís Martínez Sistach. Una reproducción del Belén de la fachada del Nacimiento.

El IBI

Vayamos directamente a los impuestos. La Sagrada Familia no paga IBI, pero eso no es un pecado. Ni es así porque sea una iglesia.

Ciertamente la exención del impuesto municipal de Bienes Inmuebles a los templos proviene de los pactos económicos que contemplan los Acuerdos Iglesia-Estado de 1979. Un "privilegio" que a partir de 1992 se extendió a las confesiones islámicas, protestantes y judías, a raíz de los Acuerdos de Cooperación con estas religiones promovidas por el gobierno socialista.

Pero si mañana el Congreso de los Diputados derogase los Acuerdos Iglesia-Estado, además de abrir una crisis diplomática con la Santa Sede, la Sagrada Familia continuaría sin pagar IBI. De la misma manera que no pagan el IBI al Ayuntamiento las oficinas de las administraciones públicas, los edificios y monumentos históricos, los locales de la policía o del ejército, las escuelas, la Cruz Roja, la SGAE, las embajadas, las estaciones de tren o los yacimientos arqueológicos, por poner algunos ejemplos. Es decir, cualquier entidad sin ánimo de lucro que tiene locales o edificios, siempre que estos se dediquen a las finalidades de la entidad. También es costumbre que los sindicatos y los partidos tengan sus locales a nombre de una fundación para ahorrase el IBI. O también tienen importantes reducciones los concesionarios de autopistas. Ademàs, los datos de la Conferencia Episcopal Española aseguran que el IBI que los ayuntamientos no recaudan de la Iglesia católica representa sólo el 5% del IBI que se deja de cobrar en todo el Estado debido a las numerosas exenciones y reducciones vigentes para otros col·lectivos.

En el caso de la Sagrada Familia, aunque se hiciese pagar el IBI a las iglesias, estaría exenta porque es una obra que construye una fundación sin ánimo de lucro. Así lo prevé la Ley 49/2002. Una exención que además está documentada y aceptada por escrito por el Ayuntamiento de Barcelona. La confirmó el año 2000 cuando la Sagrada Familia hizo la petición de quedar exenta del IBI amparándose en la ley vigente de fundaciones; legislación estatal que el consistorio no puede modificar. Por lo tanto, si el Ayuntamiento de Barcelona quisiera cobrar el IBI, primero debería revocar esta decisión administrativa y esperar que la Sagrada Familia no reclamase su derecho por vía administrativa o judicial.

Por otro lado, como pasa en otras fundaciones, algunos de los legados y donativos que a lo largo de los años ha recibido la Sagrada Familia son pisos y propiedades. Si no se dedican a las finalidades de la fundación y se saca un rendimiento económico (por ejemplo, cobrar un alquiler), estas propiedades sí que deben de pagar la cuota anual del IBI al Ayuntamiento. Pero la Ley de fundaciones también prevé que se pueda pedir la exención del IBI sobre estas propiedades si estos ingresos no representan más del 20% de los ingresos totales de una fundación.

Como la Sagrada Familia vive principalmente de las entradas, estos rendimientos inmobiliarios son una mínima parte de los ingresos. A la vez, los responsables del Templo aseguran que cuando reciben este tipo de donaciones las acostumbran a poner a la venta. No quieren convertirse en gestores inmobiliarios. Sólo conservan las propiedades que les dejan en usufructo o compartidas con otras entidades sociales.

Las famosas licencias municipales

Así como en el IBI es muy claro, el tema de las licencias es más complejo. Toda nueva construcción en la ciudad paga por dos conceptos (si no tiene derecho a una bonificación). Son la tasa de la Licencia de obras y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). La Licencia de obras mayores contempla una tasa sobre el volumen total construido, que en el caso de Barcelona es de 4,92€ por metro cuadrado. Y el ICIO es un impuesto sobre el 3,35% del presupuesto total de la ejecución material de la obra, que se paga cuando se inicia y se revisa cuando se finaliza por si ha habido una desviación.

En el caso de la Sagrada Familia, ya se ve que calcular el ICIO de una obra que lleva más de 130 años es un poco complicado. ¿Dónde se hace el corte? ¿Se reclama el ICIO des de la época de Gaudí? Sería surrealista, pero además el Ayuntamiento no lo puede hacer. El ICIO sí que es uno de los impuestos de los que están explícitamente exentos para la construcción de templos según los pactos entre la Iglesia y el Estado. Pero, además, también es bastante habitual que en obras de otras confesiones religiosas o de entidades sin ánimo de lucro, los ayuntamientos subvencionen este impuesto o concedan una reducción.

No pasa lo mismo en la tasa de tramitación de la Licencia de obras. Es una tasa que han pagado todas las iglesias católicas de nueva construcción que se han hecho en los últimos años en Barcelona.

Pero, como bien es sabido, aquí viene parte del alboroto de estos días. La Sagrada Familia no tiene un papel municipal que diga "Licencia de obras".

La situación es conocida. Josep Maria Bocabella, impulsor del templo, el 20 de abril de 1885 presentó una instancia al Ayuntamiento de Sant Martí de Provençals, municipio que algunos años después sería agregado a Barcelona. Esta petición de la Licencia de obras viene acompañada de una planta de una iglesia firmada por Gaudí y en la documentación consta por escrito la recepción por parte del municipio. Entonces la Sagrada Familia no era administrativamente territorio de Barcelona, pero el consistorio actual ha heredado todos los derechos y obligaciones del municipio absorbido. Es decir, técnicamente hay una petición legal de obras, y un silencio administrativo de 131 años, aproximadamente.

Y es un callejón sin salida. ¿Puede el Ayuntamiento exigir que la Sagrada Familia pida una Licencias de obras según la normativa actual? No. La Sagrada Familia tiene un documento donde consta que ya la ha pedido. ¿Puede la Sagrada Familia pedir una Licencia de obras al Ayuntamiento actual? No, porque ya la pedido y se entiende concedida por falta de oposición a la petición y, además, lleva años y años construyendo.

Como ni la Sagrada Familia puede pedir la Licencia, ni el Ayuntamiento la puede exigir, la única manera de formalizar la situación es un pacto. Todo el mundo que lo mirado no encuentra una solución jurídica. Y más allá del argumento administrativo, sería digno de una escena de teatro del absurdo hacer ver que no han pasado 131 años o que nadie no ha visto un templo con ocho torres de más de cien metros ocupando toda una manzana del Eixample.

Sin novedad

Todo esto, no es ninguna novedad. La situación es conocida por la administración municipal al menos desde la época de Narcís Serra en la alcaldía. La Sagrada Familia ha tratado el tema con todos los alcaldes que han pasado por el consistorio barcelonés. Pero primero no había prisa. Durante un tiempo tampoco hubo interés en este tema des del Ayuntamiento. Y, después, tanto con el último equipo socialista, como durante el mandato de Xavier Trias, se afrontó a fondo la situación. Como también la reforma del entorno que seria necesaria para poder completar el templo tal y como Gaudí había previsto. Pero el cambio de mayorías en el Ayuntamiento implicó empezar de nuevo dos veces. Ahora, llega la tercera.

Desde la Sagrada Familia insisten que ellos no se han negado nunca a negociar estos temas. Tampoco con el actual consistorio. Y las obras no se han escondido nunca detrás de unas lonas.

La relación con el Ayuntamiento ha sido constante desde hace décadas. Las reuniones con consejales y técnicos municipales, también. Y la presencia habitual de miembros del consistorio en acontecimientos vinculados del templo está televisivamente documentada. Incluso vino Benedicto XVI y a nadie se le ocurrió parar la apertura de la basílica por falta de Licencia.

Y, aún más. Cuando alguna obra del templo ha afectado al espacio público, como hacer una zanja o poner un poste en la calle, la Sagrada Familia ha tramitado el permiso municipal y se ha pagado la tasa correspondiente. Por tanto, de facto el Ayuntamiento ha reconocido la existencia de la obra.

¿La Sagrada Familia quiere ahorrarse la Licencia de obras aprovechando todo este lío administrativo? La respuesta del Patronato es que no. Sobre todo, porque el Ayuntamiento no ha reclamado nunca el pago. Desde el templo piden que a través de un pacto el Ayuntamiento reconozca una Licencia de obras y que a partir de aquí se establezca qué tasa debe pagar hasta la finalización de las obras.

La Sagrada Familia entiende que no puede ser una decisión arbitraria del Ayuntamiento. Y el gobierno municipal actual dirigido por Ada Colau ha reconocido que, aunque se llege a un acuerdo, no se pueden reclamar las tasas que no se han reclamado durante 131 años.

Por lo tanto, en este tema sólo cabe esperar que se pongan de acuerdo... antes que terminen las obras.

El impuesto de sociedades, el IAE y el IRPF

En el resto de impuestos la cosa es muy clara y todo consta por escrito y reconocido por la administración.

Toda actividad económica debe liquidar anualmente el Impuesto de Sociedades en el Estado y pagar el Impuesto de Actividades Económicas en Ayuntamiento del municipio En el que se desarrolla el negocio. El impuesto de Sociedades es proporcional a los beneficios que genera la actividad y, si hay pérdidas, no se paga. Y el IAE está vinculado principalmente a la superficie que ocupa la actividad: no paga lo mismo una modesta tienda familiar que un gran complejo comercial. Pero las fundaciones -canónicas o civiles- están exentas de estos impuestos. Volvemos a la Ley 49/2002 y fin de la película. No hay lucro privado, no hay impuesto. Sea la Sagrada Familia o sea un club deportivo de barrio.

Esta exención sólo afecta a las actividades vinculadas a las finalidades fundacionales. Una fundación dedicada a proteger las aves migratorias no puede montar una inmobiliaria, sacar beneficios millonarios y no tributar. Así, la Sagrada Familia no tributa por todo aquello que afecta directamente a la construcción del templo.

Ciertamente la Sagrada Familia también realiza otras actividades económicas que no son la construcción del templo, como la tienda o servicios turísticos. Y para todas estas actividades tiene el alta del IAE y presenta cada año el Impuesto de Sociedades correspondiente. El mismo escenario se repite en el IRPF que se aplica a los rendimientos financieros.

En definitiva, también en este àmbito la fiscalidad y las regulaciones o exenciones por la Sagrada Familia son las mismas que se aplican a todas las fundaciones, sean católicas o agropecuarias. Aquí la administración no filtra por credos o ideologías. La lógica que hay detrás es que aunque la actividad de una fundación vaya bien, nadie se puede lucrar.

El IVA de los ingresos. Las entradas

Y el IVA. En el caso de los ingresos de la Sagrada Familia que no forman parte directamente de la construcción del templo, es bien claro; tributan igual que cualquier empresa. Cuando se compra un libro, una postal, un suvenir que después no sabes nunca donde colocar...., el IVA que paga el cliente se liquida a Hacienda, que lo cobra como haría de cualquier otra empresa. Lo mismo pasa con los servicios turísticos como las visitas guiadas o las audio guías.

¿Y las entradas? Pues no llevan IVA. Cuando esté acabado el templo, y ya no haya finalidad de construirlo, sería discutible si eso puede seguir siendo así. Pero ahora mismo se entiende que la gente que va a visitar el templo con la entrada hace un donativo precisamente para continuar la construcción de aquello que tiene tantas ganas de ver. Porque la finalidad de la Fundación que recibe aquel dinero es precisamente la construcción del templo.

Se puede alegar que es un criterio discutible. Se podría considerar que la entrada corresponde a la prestación de un servicio o a un negocio. Como ir al cine. Pero quien cree que la entrada en la Sagrada Familia es un donativo no es la Sagrada Familia, es la Agencia Tributaria.

La Sagrada Familia puede pensar que es un donativo o una aportación para expiar los pecados. Pero lo que cuenta es lo que dice en la Ley del IVA. Y la ley contiene una lista de exenciones más larga que un día sin pan. En este caso, la Sagrada Familia -como entidad sin ánimo de lucro, no como Iglesia-, en el año 2000 pidió la exención del IVA de las entradas. Y Hacienda dijo que tenían todo el derecho: renunciaba a recaudar este IVA.

Por lo tanto, si las entradas de la Sagrada Familia no recaudan IVA no es culpa de los curas ni de los obispos. Es porque la Ley del IVA prevé esta exención por determinadas actividades culturales y la Agencia Tributaria (que siempre mira primero por su interés) ha certificado que es correcto hacerlo de esta manera. Un misterio menos.

El IVA de los gastos. Las piedras

Un tema que ha sido más complicado con el IVA es el del material de las obras. Aquí la Agencia Tributaria pensaba que sí: cuando la Sagrada Familia compra un ladrillo tiene que sumar el 21% de IVA, porcentaje que después se queda la hacienda pública. Pero la Sagrada Familia pensaba que no. Y el tribunal al cual en 1994 se llevó el caso, al cabo de cuatro años, dio la razón a la Sagrada Familia. Si el material para la construcción de este templo no paga IVA, es porque lo ha dicho la justicia en sentencia firme.

La exención del IVA al que tiene derecho la Sagrada Familia sí que deriva de los Acuerdos Iglesia-Estado. Pero los Acuerdos no hablan de este impuesto sencillamente porque en 1979 no existía. Cuando se implantó el IVA en 1986, el gobierno socialista previó que, entre muchas otras no lucrativas, quedarían exentas las actividades y obras destinadas al culto. Desde las piedras para hacer una iglesia hasta las velas.

Eso cambió unos años más tarde cuando se renovaron los acuerdos económicos entre el Gobierno español y la Iglesia. El famoso acuerdo entre una pareja tan singular como el cardenal Antonio Cañizares y María Teresa Fernández de la Vega. Así, a partir del 2007, la Iglesia paga el IVA por todas sus actividades. Pero el mismo gobierno legisló que todas las exenciones reconocidas hasta el momento continuaban vigentes indefinidamente. Si una iglesia se comenzó a construir en 2006 y se terminó en 2010, el material que comprase a partir del 2007 continuaría exento de IVA. Por lo tanto, la Sagrada Familia disfrutará de esta exención aprobada por el gobierno socialista hasta que termine el templo.

Todo eso, no afecta a otros servicios que paga la Sagrada Familia y que no tienen que ver con las obras. Por ejemplo, las empresas de seguridad, de limpieza o de compras. En estos gastos, sí que paga el IVA correspondiente, que después se queda hacienda.

¿Nadie controla la Sagrada Familia?

Una posible primera conclusión es que si actúa sin una Licencia de obras formalmente concedida, y además se puede beneficiar de numerosas exenciones, la Sagrada Familia hace lo que quiere con el dinero y no la controla nadie. Como la Fundación no se alimenta de fondos públicos, la Ley de Transparencia no le obliga a publicar sus cuentas. Por lo tanto, es una Fundación totalmente opaca. Pues la respuesta es no.

La fiscalidad de una entidad con el volumen económico de la Sagrada Familia no funciona como cuando uno hace la declaración de la renta y coloca la factura de la comida del canario para desgravar. Y si cuela, cuela. Aquí estamos hablando de una obra de construcción que tiene un presupuesto anual de unos 25 millones de euros, importe que crecerá a medida que se acerque el final de las obras.

I con unas ochocientas personas trabajando para las obras y para los servicios que ofrece a los visitantes, con sus contratos, cotizaciones e impuestos de cualquier empresa. La Sagrada Familia es una pequeña ciudad donde todo el día hay movimiento, con ocupaciones tan diversas como la vigilancia de 24 horas, la limpieza diaria antes que entren los visitantes (también durante el día se limpian las aceras cercanas al templo), la gestión de los 12.000 visitantes que acogen cada día, la administración, u, obviamente, el gran número de técnicos, artistas y obreros implicados en una construcción monumental. El proyecto es hoy un gran generador de empleo.

Como es de suponer, el control fiscal de la Agencia Tributaria y de los temas laborales o de las cotizaciones a la Seguridad Social es más intenso en una entidad de este volumen. Y aunque la Fundación esté exenta de diversos tributos, igualmente está obligada a presentar a Hacienda la liquidación total de su actividad económica. Es decir, la administración tributaria conoce perfectamente todos los números de la Sagrada Familia. Como los de cualquiera de nosotros. Además de eso, al menos cada cuatro años la Agencia Tributaria y la Seguridad Social les revisan todos los papeles.

Desde la Sagrada Familia aseguran que en el ámbito fiscal no han tenido nunca ninguna sanción. Incluso explican que hay una relación fluida con las autoridades tributarias. E insisten que esto quiere decir que no podrían hacer trampa aunque quisieran. No pueden esconder nada.

Exenciones aceptadas por la administración

Todas las exenciones o reducciones a las que se acogen, no lo hacen porque lo diga la Sagrada Familia o el arzobispo de Titipú, si no porque está documentalmente reconocido en un papel de la administración. Por otro lado, el que afecta a los temas laborales, sindicales, de prevención, o del compliance corporativo, no tienen ningún tipo de exención y están sujetos a las mismas normas que cualquier otra empresa. Además, la Sagrada Familia voluntariamente cada año se somete a una auditoría externa.

Si la Agencia Tributaria tiene toda su información económica, también la tiene el arzobispado de Barcelona. Así como las fundaciones civiles deben presentar los resultados económicos anuales a la Generalitat, las fundaciones canónicas tienen la obligación de hacerlo en el obispado del territorio donde han sido creadas. La legislación prevé que el obispado pertinente es el encargado de controlar las fundaciones canónicas, tanto en la vertiente económica, como para asegurar que su actividad no se desvía de las finalidades para las que se creó.

Esto, que parece un privilegio de la Iglesia, también puede ser un regalo envenenado. Son Fundaciones de las que el arzobispado no puede utilizar su dinero, por muy ricas que sean. Pero si hubiese una mala gestión o se cometiese algún delito económico o fiscal, al arzobispado podría ser declarado responsable por la justicia civil por no haber ejercido correctamente su tarea de control. En definitiva, si una fundación canónica la lía, quien podría acabar condenado es el arzobispo de turno.

Recapitulando

Los impuestos que no paga la Sagrada Familia no son por exención divina. Son porque la misma administración tributaria -i sólo en un caso los tribunales- le han reconocido ese derecho. Y la mayoría de exenciones a las que tiene derecho no derivan de los Acuerdos Iglesia-Estado o del hecho de construir una Iglesia, si no de su forma jurídica de fundación, por tanto, sin ánimo de lucro. Es decir, porque nadie se hace rico construyendo la Sagrada Familia (bien, excepto los comerciantes, los que alquilan los locales de las cadenas de comida rápida, o las agencias de viajes; pero de eso tampoco se beneficia la Iglesia). Algunas exenciones como la del IVA del material de las obras, que sí que están vinculadas al hecho religioso de construir un templo y no un hotel, lo son porque los parlamentarios democráticos han legislado sucesivamente para que eso sea así desde hace décadas.

El único punto que ahora estaría en discusión es la tasa de una Licencia de obras que se mueve en los limbos jurídicos. Otra cosa sería que el Ayuntamiento de Barcelona decidiese regular otro tipo de tasa: sea por la ocupación de las calzadas o por la longitud de los palos de selfie que circulan por la calle Mallorca. Sería una decisión de debería ser aprobada por mayoría en el Pleno Municipal y que no puede decidir sólo el equipo de gobierno. Y si llegara el caso, la Sagrada Familia la pagaría religiosamente. Como asegura que ha pagado todo lo que le corresponde.

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