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(CR) Esta semana el Osservatore Romano ha publicado un significativo artículo del teólogo catalán Salvador Pié sobre la Amoris laetitia, la última Exhortación Apostólica del papa Francisco. Las grietas que abre el documento no han sido bien recibidas por todos. Sectores reticentes a una visión más amplia de la pastoral familiar, siempre ortodoxas cuando el viento sopla a favor, la han llegado a situar como un magisterio personal y discutible del papa Francisco. Por ello, en este texto Pié recuerda las diferencias entre el magisterio definitivo y el ordinario, y sobre todo remarca los criterios eclesiales que ha aplicado Francisco para hacer una nueva propuesta pastoral para las familias en situaciones llamadas "irregulares".

El texto ha sido publicado en el Osservatore Romano en la edición vespertina de este miércoles, destacado en primera página con una ilustración de Marc Chagall, "Los amantes". Se puede leer debajo íntegramente en castellano.

Nuevo Dicasterio de los laicos, la familia y la vida

La publicación de este texto coincide con tres recientes nombramientos del papa Francisco muy significativos en el nuevo Dicasterio para los laicos, la familia y la vida. Salvador Pié explica a CatalunyaReligió.cat que estos cambios son claramente "un primer paso para poner en práctica la Amoris laetitia".

El nuevo presidente de este Dicasterio, el obispo de origen irlandés Kevin Joseph Farrell, hasta ahora obispo de Dallas (EUA), considerado un moderado, claro defensor de la vida y de la familia, pero contrario a actitudes de guerra cultural con la modernidad, exactamente en la línea mostrada por el papa Francisco. Asimismo el Papa ha nombrado Vincenzo Paglia, que hasta ahora era presidente del Consejo Pontificio para la Familia, como Gran Canciller del Pontificio Instituto Juan Pablo II para el Matrimonio y la Familia que forma parte de la Pontificia Universidad Lateranense de Roma. Paglia es conocido como cofundador de la Comunidad de Sant'Egidio y al mismo tiempo por haber marcado con un talante fuertemente reconciliador el Consejo Pontificio de la Familia que hasta ahora presidía.

Finalmente, Francisco ha nombrado como nuevo presidente de este pontificio instituto el milanés Pierangelo Sequeri. Pié cree que en este nombramiento "radica una de las grandes novedades" ya que es "uno de los teólogos más relevantes del momento actual; un teólogo comprometido en un renovado trabajo divulgativo y pastoral, también a partir de su actividad como músico, del acompañamiento de las familias en dificultades, recogido en su notable Famiglia y Chiesa. Un legame indissolubile, publicado el año pasado".

Según Pié es relevante porque "desgraciadamente este Pontificio Instituto no había colaborado mucho en la línea propuesta por el papa en Amoris laetitia. Más aún, su hasta ahora director y varios profesores se habían manifestado públicamente contrarios, incluso publicando un comentario previo totalmente crítico, poco antes de que fuera presentada oficialmente".

"Con estos nombramientos, el Papa Francisco parece asegurar que en la curia romana habrá personas e instituciones que ayudarán a la Iglesia universal a poner en práctica la Amoris laetitia", asegura. Un contexto de dificultades para su aplicación que da más relieve al texto del Osservatore Romano.

Sobre la enseñanza de la "Amoris laetitia": magisterio a acoger y practicar

(Salvador Pié) En esta etapa de recepción eclesial de la Exhortación Apostólica Amoris Laetitia del Papa Francisco (publicada el 19 de marzo de 2016) han aparecido interrogantes sobre qué tipo de Magisterio representa este documento. Para poder dilucidarlo de forma teologicamente correcta puede ser útil referirse a la Instrucción –seguramente poco conocida– sobre “La vocacion eclesial del teólogo” de la Congregación para la Doctrina de la fe firmada por el entonces cardenal-prefecto J. Ratzinger en 1990, que comenta las diversas formas del Magisterio de la Iglesia presentes en la nueva fórmula de la “Profesión de fe”. Estas formas son tres: el Magisterio infalible, el Magisterio definitivo y el Magisterio ordinario pero no definitivo, siendo este último el aplicable a Amoris laetitia, así como a la mayoría de textos magisteriales actuales.

Esta forma de Magisterio ordinario no definitivo, según la Instrucción citada, tiene como objetivo específico el proponer “una enseñanza que conduce a una mejor comprensión de la Revelación en materia de fe y costumbres, y ofrece directivas morales derivadas de esta enseñanza, que aunque no esten garantizadas por el carisma de la infalibilidad, no están desprovistas de la asistencia divina, y requieren la adhesión de los fieles” (núm. 17), adhesión definida como “un religioso asentimiento de la voluntad y de la inteligencia” (núm. 23). Por eso se afirma que “la voluntad de asentimiento leal a esta enseñanza del Magisterio en materia de por sí no irreformable debe constituir la norma”. Por esta razón esta forma de Magisterio es descrita por la Instrucción como “de orden prudencial” ya que comporta “juicios prudenciales”, aunque se anota cuidadosamente que tal calificación no quiere decir que “no goze de la asistencia divina en el ejercicio integral de su misión” (núm. 24).

Nótese, además, que el Magisterio ordinario pero no definitivo, tal como las otras dos formas del Magisterio infalible y del definitivo, son expresión del único Magisterio vivo de la Iglesia que el Concilio Vaticano II ha descrito con pecisión como “interpretación autorizada de la palabra de Dios, que lo ejercita en nombre de Jesucristo”, dado que “el Magisterio no está por encima de la palabra de Dios, sino a su servicio..., con la asistencia del Espíritu Santo” (DV 10). Por esta razón, el Concilio Vaticano II precisa en este sentido con un texto aplicable claramente a la Amoris laetitia, que “hay que prestar de manera particular obediencia religiosa de voluntad y de inteligencia al Magisterio auténtico del Romano Pontífice, incluso cuando no habla ex cathedra, de tal manera que se reconozca con respeto su magisterio supremo y se accepten con sinderidad sus opiniones según la intención y el deseo expresado por él mismo, que se deducen principalmente del tipo de documento, o de la insistencia en la doctrina propuesta, o de las fórmulas empleadas” (Lumen Gentium, 25).

Será, pues, en este contexto de comprensión del Magisterio ordinario, aunque no definitivo, que se debe comprender lo que el mismo Papa Francisco afirma al inicio de la Amoris laetitia sobre el alcance de esta Exhortación Apostólica así: “la complejidad de los temas planteados nos mostró la necesidad de seguir profundizando con libertad algunas cuestiones doctrinales, morales, espirituales y pastorales... Naturalmente, en la Iglesia es necesaria una unidad de doctrina y de praxis, pero ello no impide que subsistan diferentes maneras de interpretar algunos aspectos o algunas consecuencias que se derivan de ella. Esto sucedará hasta que el Espíritu nos lleve a la verdad completa (cf. Jn 16,13), es decir, cuando nos introduzca perfectamente en el misterio de Cristo y podamos ver todo con su mirada” (Amoris laetitia, núms. 2-3). Como se puede observar en estas palabras del Papa Francisco resuenan las características que la Instrucción da al Magisterio ordinario no definitivo, como enseñanza “de orden prudencial” y con “juicios prudenciales”, que también “gozan de la asistencia divina y a los que se les debe un asentimiento leal” (Instrucción, núm. 24).

En este contexto se comprende aún más que el Papa observe también que “la reflexión de de los pastores y teólogos, si es fiel a la Iglesia, honesta, realista y creativa, nos ayudará a encontrar mayor claridad” (Amoris laetitia, núm. 2). Esta fidelidad a la Iglesia queda ampliamente manifiesta en los tres principios presentados por al Papa Francisco, particularmente para afrontar la situaciones llamadas “irregulares” que asume de la viva tradición de la Iglesia, tipificada en las múltiples referencias que recoge del Concilio Vaticano II, de Pablo VI y de Juan Pablo II, así como las catorce veces del teólogo más relevante de la Iglesia como fue santo Tomás de Aquino.

1) La ley de la gradualidad: se trata de un principio propuesto en continuidad con el Magisterio de Juan Pablo II al afirmar que “cada ser humano avanza gradualmente con progresiva integración de los dones de Dios y de las exigencias de su amor definitivo y absoluto en toda vida personal y social” (Familiaris consortio, núm. 9), dado que “el ser humano conoce ama y realiza el bien según diversas etapas de crecimiento” (nº34). Por esto, en la Amoris laetitia precisa que “no es una ‘gradualidad de la ley’, sino una gradualidad en el ejercicio prudencial de los actos libres en sujetos que no están en condiciones sea de comprender, de valorar o de practicar plenamente las exigencias objetivas de la ley” (Amoris laetitia, núm. 295). Por esto, al final precisará con un toque de profundo realismo y de invitación a la esperanza cristiana, a “relativizar el recorrido histórico que estamos haciendo como familias, para dejar de exigir a las relaciones interpersonales una perfección, una pureza de intenciones y una coherencia que solo podremos encontrar en el Reino definitivo” (núm. 325).

2) Partir de la conciencia: el Papa Francisco se refiere a la conciencia en ventinueve ocasiones y recuerda su definición en el Concilio Vaticano II: “como el núcleo más secreto del hombre” (GS 16; Amoris laetitia, núm. 222), a su vez afirma con claridad que “estamos llamados a formar las conciencias, pero no a pretender sustituirlas” (núm. 37). En efecto, “a partir del reconocimiento del peso de los condicionamientos concretos, podemos agregar que la conciencia de las personas debe ser mejor incorporada en la praxis de la Iglesia en algunas situaciones que no realizan objetivamente nuestra concepción de matrimonio. Ciertamente, hay que alentar la maduración de una conciencia iluminada, formada y acompañada..., en medio de la complejidad concreta de los límites, aunque todavía no sea plenamente el ideal objetivo” (núm. 303).

3) La necesidad del discernimiento: citada treinta y cinco veces, con clara resonancia de Ignacio de Loyola y corroborada por dos citas precisas de Tomás de Aquino (núm. 304), el principio propuesto se presenta así: “si se tiene en cuenta la innumerable diversidad de situaciones concretas, puede comprenderse que no debía esperarse del Sínodo o de esta Exhortación una nueva normativa general de tipo canónica, aplicable a todos los casos... Los presbíteros tienen la tarea de acompañar a las personas interesadas en el camino de discernimiento de acuerdo a la enseñanza de la Iglesia y las orientaciones del Obispo... Se trata de un itinerario de acompañamiento y de discernimiento que orienta a la toma de conciencia de su situación ante Dios. La conversación con el sacerdote, en el fuero interno, contribuye a la formación de un juicio correcto sobre aquello que obstaculiza la posibilidad de una participación más plena en la vida de la Iglesia y hacerla crecer... Este discernimiento no podrá jamás prescindir de las exigencias de verdad y de caridad del Evangelio, propuesto por la Iglesia” (núm. 300). Esta tarea de discernimiento también es confiada a “laicos entregados als Señor” (núm. 312), es decir, laicos y laicas que vivan una madura experiencia espiritual cristiana.

En este contexto se presenta el texto más significativo sobre la posibilidad de comulgar por parte de los divorciados vueltos a casar. En efecto, “a causa de los condicionamientos o factores atenuantes, es posible que, en medio de una situación objetiva de pecado –que no sea subjetivamente culpable o que no lo sea de modo pleno– se pueda vivir en gracia de Dios, se pueda amar, y también se pueda crecer en la vida de la gracia y la caridad, recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia” (núm. 305). Este texto viene complementado en nota así: “en ciertos casos, podría ser también la ayuda de los Sacramentos”, como son el sacramento del “lugar de la misericordia”: la Penitencia, así como la Eucaristía, teniendo presente que “no es un premio para los perfectos sino un generoso remedio y un alimento para los débiles” (nota núm. 351, con referencia a Evangeli gaudium, 44.47).

En breve síntesis, pues, se puede afirmar el valor magisterial de la Amoris laetitia como Magisterio ordinario, que aunque no sea definitivo, es igualmente “interpretación autorizada de la Palabra de Dios” (DV 10), como enseñanza de “orden prudencial” del Sucesor de Pedro en la Iglesia, el Papa, que “goza de asistencia divina” (Instrucción, nº 24; cf. Amoris laetitia, núms. 2.3.295) y por esto se debe acoger religiosamente con espíritu leal y cordial (cf. LG 25). ¡He aquí la actitud básica de sincera acogida y de realización práctica que comporta este tipo de Magisterio –y en nuestro caso la Amoris laetitia– para todos los miembros de nuestra Iglesia!

Esto incluye, además, atender los criterios propuestos para dar respuesta a las cuestiones que se plantean hoy a la familia, teniendo muy presente que “comprender las situaciones excepcionales nunca implica ocultar la luz del ideal más pleno ni proponer menos de lo que Jesús ofrece al ser humano” (Amoris laetitia, núm. 307), dado que “la família es verdaderamente una buena noticia” (núm. 1). No se puede negar que, como dice el mismo Papa Francisco, la Amoris laetitia se ofrece como “reflexión fiel a la Iglesia, honesta, realista y creativa que ayudará a encontrar mayor claridad” (núm. 2). ¡Bienvenida y que así sea!

Dr. Salvador Pié-Ninot. Texto publicado en italiano en el Osservatore Romano el 24 de agosto de 2016 (p.7).

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